PRONUNCIAMIENTO DE COLEFOM

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PRONUNCIAMIENTO DE COLEFOM, RESPECTO DE LA INICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO QUE REFORMA Y ADICIONA LOS ARTÍCULO 82, 116 Y 122 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

El Colectivo de Federaciones y Organizaciones Mexicanas Migrantes (COLEFOM), es una red trasnacional de más de 100 federaciones y organizaciones de Estados Unidos, Canadá y México, en el que convergen diversas ideologías y se rige por la pluralidad, la democracia, la progresividad de los derechos de las personas y por la defensa de dignidad del pueblo migrante. Al pueblo de México dentro y fuera de sus fronteras: Coincidimos con quienes piensan en la necesidad de fortalecer el régimen jurídico mexicano para salvaguardar la integridad de la República, la no injerencia extranjera, la no intervención, la autodeterminación, la soberanía nacional y la lealtad a las instituciones mexicanas, e incentivar la estabilidad y disminuir la incertidumbre institucional, respecto a cualquier intento extranjero de intervenir en nuestro querido México. A la Presidenta de los Estados Unidos Mexicanos: A la LXVI Legislatura del H. Congreso de la Unión: Honorable presidenta Claudia Sheinbaum Pardo, con relación a su Iniciativa con Proyecto de Decreto que reforma los artículos 82, 116 y 122 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, turnada el 1º de septiembre del presente año a la Comisión de Puntos Constitucionales de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión y que se pretende aprobar en el Pleno de esa Cámara de origen, según el diputado Ricardo Monreal Ávila en los próximos 15 días, consideramos entre otras razones, las siguientes: § Es un proyecto insuficiente de razonamientos jurídicos, doctrinarios, científicos e históricos. No analiza su impacto con el bloque de constitucionalidad, tampoco con el bloque de convencionalidad, no tiene contenido de derecho comparado y menos aún enuncia el proceso originario y evolutivo del concepto de nacionalidad y el de la ciudadanía, tampoco diferencía entre ambos y, menos todavía, reconoce o señala la lucha que fuera y dentro de las fronteras mexicanas hemos realizado las y los mexicanos en el extranjero por la no pérdida de la nacionalidad mexicana y de nuestro sentido de pertenencia, así como vínculos jurídicos con México, desde el siglo pasado.

 

 

 

Según su Iniciativa, en la explicación de la problemática a resolver existe un “vacío legal” en el segundo párrafo del artículo 32 constitucional, en el que se explica la restricción al ejercicio § de los cargos y funciones para quienes hayan “adquirido” otra nacionalidad, la cual podría solventarse con el cambio del verbo transitivo “poseer” y lo resuelve desproporcionadamente, con la reforma a los artículos 82, 116, y 122 constitucionales, para renunciar a la nacionalidad, como requisito para ser presidenta o presidente, gobernadora o gobernador y jefa o jefe de gobierno. § A pesar de que el artículo 32, en su carácter remisivo, dispone que la ley regulará los derechos de los cargos y funciones por poseer otra nacionalidad y establecerá las normas para evitar conflictos por doble nacionalidad, hay un empeño injustificable en su Iniciativa por reformar los artículos 82, 116 y 122, cuando se puede solventar cualquier controversia en las leyes secundarias como explícitamente lo dice la disposición normativa, sin instituir la renuncia a la nacionalidad como fundamento en el texto de la Constitución. § De acuerdo a los razonamientos de dicha Iniciativa, respecto a la renuncia de mérito ante la Secretaría de Relaciones Exteriores, coincidimos en que se tiene plena validez formal y jurídica dentro del ordenamiento mexicano pero presenta una ineficacia práctica y de control frente al Estado extranjero, es decir, se reconocen los vínculos jurídicos de esa nacionalidad para el derecho mexicano, pero dependen del Estado y del derecho extranjero aceptar, hacer suya o no esa renuncia bajo un procedimiento que éste determine, así como en el tiempo y causales que requiera. § Con la renuncia se estaría dando al Estado extranjero lo que se quiere evitar, la potestad, la posibilidad y primacía que desde su ámbito competencial intentara una injerencia, a través de sus procedimientos internos para quienes estarían en la posibilidad de obtenerla. Además de que es irrazonable que se intente establecer en el derecho interno mexicano el procedimiento de la renuncia en el extranjero, como se lee en la versión estenográfica de la Mañanera del Pueblo, de fecha 27 de agosto de este año. Distinguida presidenta Claudia Sheinbaum Pardo, estamos de acuerdo con sus principios, más no como está planteada su iniciativa, tenemos propuestas que enriquecen el debate público y apelamos a sus convicciones democráticas y de diálogo, sin intentar ser héroes ni heroínas de la patria, pero sí somos los actores de su Iniciativa. Solamente queremos dialogar acompañados de quienes tienen la evidencia jurídica, la evidencia empírica y la evidencia científica para mermar las omisiones del Poder Legislativo que están cerca de impactar en el núcleo esencial de nuestro derecho a la participación e impedir que la democracia deliberativa se consuma con la mala práctica parlamentaria. Por lo anteriormente expuesto distinguida presidenta la invitamos gentilmente a usted, a su equipo jurídico, y con la misma gentileza invitamos al Presidente, a la Junta Directiva y a las y los integrantes de la Comisión de Puntos Constitucionales, para exponer nuestras propuestas a la reforma de mérito, en la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, en el lugar y día que ustedes lo determinen, una vez que inicien los trabajos de análisis y antes de que se apruebe el dictamen correspondiente en la Comisión de mérito. También nosotros somos parte de la historia y queremos construirla juntos…

 

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