Ley de Hidalgo, ¿a favor del homicidio?

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Sucedió aquí, en Hidalgo, en el municipio de la Reforma, ante cientos de espectadores que asistieron al Centro Deportivo y Cultural 11 de julio: José Ángel Nájera, conocido como El Hijo de Fishman de 36 años de edad, quitó la vida a Gerardo Germán Pineda de 75 años de edad. Fue en plena lucha en la que El Hijo de Fishman aplicó la llave prohibida El Martinete que consiste en agarrar por la cintura a la persona y azotarla de cabeza contra el suelo.

Fue noticia que alcanzó los medios nacionales e internacionales. Noticia que indigna porque se trató de una acción abusiva y alevosa de un joven de 36 años, con 17 años de experiencia en la lucha libre, contra una persona de la tercera edad quien en el momento del crimen fungía como árbitro de la lucha.

Todo mundo diría que por tener conocimiento de lo que El Hijo de Fishman hizo merecía estar en la cárcel, pero no. El luchador sólo estuvo privado de su libertad por ¡dos días! Y ahora está libre y sin culpa alguna. Usted, ¿estimado lector cree que esto es justo?

Resulta que los abogados de José Ángel Nájera, concretaron con la familia de Gerardo Germán Pineda, un convenio económico para la reparación del daño -que extraoficialmente fue de casi 600 mil pesos-, con lo que se dio por concluida la causa penal por el delito de homicidio culposo.

 

 

¡Así de fácil! Usted puede quitar la vida a una persona en Hidalgo, pagar 600 mil pesos y estar libre sin ningún problema. Bueno, para eso necesita de un buen despacho de abogados y el perdón de la familia del afectado.

Usted se preguntará ¿cómo El Hijo de Fishman obtuvo su libertad? Pues sucede que el Ministerio Público de Hidalgo desde el inicio tipificó los hechos bajo la figura de homicidio culposo, que en Hidalgo se considera accidental o sin intención de matar. Además, el Código Nacional de Procedimientos Penales establece que los delitos culposos o aquellos que se cometen sin dolo son elegibles para soluciones alternas antes de llegar a un juicio formal, es decir que pueden ser perdonados por los familiares de la persona fallecida.

La defensa recurrió al artículo 187 del Código Nacional de Procedimientos Penales, que estipula que los acuerdos reparatorios son aplicables para delitos que se persiguen por querella, delitos culposos o delitos patrimoniales cometidos sin violencia.

En este caso, y supuestamente, por tratarse de una muerte catalogada como imprudencial en el ámbito deportivo (culposa), la ley permitía que el imputado y las víctimas indirectas (la familia del réferi Gerardo Germán Pineda) resolvieran el conflicto de mutuo acuerdo.

Pero, estimado lector, queda una duda que debemos hacernos: Tal vez El Hijo de Fishman no tenía la intención de matar al referí, pero él sabía -y todo mundo en el ámbito luchístico, lo sabe- que aplicar El Martinete es sumamente peligroso y más contra una persona de la tercera edad.

Usted, ¿qué opina? El Hijo de Fishman debería estar en la cárcel?, ¿600 mil pesos reparan la vida de una persona?, si estuvieras en este caso ¿qué haría?

Por Ángel Pérez Sánchez

 

@latitudmegalopolis

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